En este punto, vamos a detallar sobre los documentos que requiere el banco para la concesión del préstamo, así como la información que recibe el prestatario.
A) INFORMACIÓN REQUERIDA
A efectos de poder cuantificar el riesgo asumido y tomar la decisión, por parte de la entidad, de otorgar el préstamo, es necesario presentar una documentación previa:
Fotocopia del NIF – CIF.
Fotocopia de la escritura (ó del contrato) de compraventa, para los casos de compra de vivienda.
Si se trata de una persona que se construya su propia casa, entonces necesitan la escritura de propiedad del solar y la licencia y proyecto de obra.
Información de tipo personal.
Además, dependiendo de si usted es trabajador por cuenta propia o ajena, se elaboran distinciones en cuanto a documentación. Si es trabajador por cuenta ajena, deberá presentar:
Últimas nóminas.
Última declaración de la renta y patrimonio.
Declaración sobre su situación en la empresa (si es fijo, etc...).
Documentos sobre cualquier otro tipo de ingresos.
Si es trabajador por cuenta propia:
Última declaración de la renta y patrimonio.
Justificación de ingresos.
Documentación últimos pagos fraccionados de IRPF e IVA.
B) INFORMACIÓN RECIBIDA
Por su parte, la entidad nos debe de informar de:
Todas las condiciones del préstamo. Entre ellas están el tipo de interés, cuotas, plazo, comisiones asociadas y gastos.
Se podrá solicitar a la entidad que nos realice una oferta vinculante, que debe ser realizada en un plazo corto, una vez efectuada la comprobación del Registro y realizada la tasación.
El prestatario tiene, una vez recibida la oferta vinculante, un plazo de 10 días para responder. La información que contiene la oferta vinculante debe ser exhaustiva sobre las características finales. Por ejemplo, importe y cómo se entrega el dinero, si el tipo es variable, cómo se revisa, todos los pagos adicionales que corren por cuenta del prestatario, etc...
lunes, 14 de enero de 2008
INFORMACIÓN REQUERIDA SOBRE LAS HIPOTECAS
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